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En el presente artículo trataremos la cuestión relativa al tratamiento de datos del personal trabajador especialmente sensible al Covid-19, considerados como tales aquellos que son más vulnerables al mismo por sus circunstancias de salud.
Cuidado con las cesiones de datos a Mutuas y Compañías de Seguros.
Aunque la AEPD ya había reconocido la legalidad de comunicar datos de salud del paciente a la compañía aseguradora que debe sufragar los datos de la asistencia prestada, la nueva LOPDGDD se ha encargado de blindar estas cesiones sin necesidad de acudir al consentimiento del paciente, aunque esto no signifique no deba estar informado, por tanto para ceder datos de pacientes a las compañías aseguradoras que deben abonar los gastos de las asistencias deberemos tener en cuenta los siguientes principios básicos:
Existen diferentes datos sensibles en la prevención de riesgos laborales que deben ser custodiados de acuerdo con lo que indica el RGPD y la ;LOPDGDD para proteger la legitimidad de la persona trabajadora.